Un chico de 15 años, hijo de un rabino y vestido con las ropas que la ortodoxia judía determina para los integrantes de su comunidad, subió a un interno de la línea 128, a la altura del barrio de Almagro. Una vez a bordo, el adolescente, cuya identidad se mantiene en reserva, comenzó a recibir insultos de parte de otro pasajero, quien entre otras cosas le gritó: “No queremos judíos acá arriba”.
El agresor, identificado como Raúl Rodolfo Arenas Vega, de nacionalidad chilena, amenazó con golpear al joven si no bajaba del colectivo. El chico, ante la mirada quieta del resto de los pasajeros, decidió permanecer en su lugar y entonces Arenas Vega lo golpeó hasta romper sus anteojos.
El adolescente finalmente bajó y buscó a un agente de policía, quien hizo detener el recorrido del interno y llevó detenido a Arenas Vega. Todo esto sucedió el 14 de noviembre de 2006. Ayer, un fallo acordado por los jueces federales Ariel Lijo y Norberto Oyarbide dejó firme la sentencia de nueve meses de prisión efectiva para Arenas Vega por el delito de “daño y lesiones leves agravadas por odio racial”.
“Es un fallo ejemplar”, le dijo a Crítica de la Argentina la doctora Débora Kott, directora del departamento de Asuntos Jurídicos de Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA), que actuó como querellante en la causa. Para Kott “es inusual que una agresión verbal y física termine con prisión efectiva, por eso consideramos el fallo de esta manera”.
En rigor, el agresor fue sentenciado el 11 de julio de este año. Como ninguna de las partes apeló la sentencia y habiendo transcurrido los plazos legales para hacerlo, la decisión de los magistrados quedó firme. Arenas Vega, un hombre con antecedentes por falsificación de documentos públicos y a quien fue muy difícil rastrear por haber presentado una identidad falsa al momento de su detención, presentó dos pedidos de excarcelación que fueron rechazados. Finalmente, aceptó el cumplimiento efectivo de la pena y actualmente continúa en prisión.
En un comunicado, la DAIA, representación institucional de la comunidad judía argentina, expresó su “satisfacción por este fallo ejemplar, que reafirma y acompaña el compromiso de la sociedad argentina en su conjunto de rechazo categórico a todo acto discriminatorio, y al antisemitismo en particular”.
El departamento de legales de la DAIA concentra las denuncias por discriminación racial y religiosa. En la Argentina, los formatos de la violencia xenófoba son muchos y variados, del mismo modo que sus soportes.
La conducta delictual discriminatoria puede tener la forma del insulto directo, la venta y distribución de bibliografía antisemita, la exhibición de artículos nazis de guerra, las amenazas anónimas, la discriminación en el fútbol y la discriminación laboral, “que es tal vez la más difícil de probar”, según la doctora Kott, quien agrega: “las pintadas antisemitas sin duda están en lo más alto de ranking de la discriminación, y por el tipo de delito resulta muy difícil de identificar a los culpables. Hace poco, fueron hallados in fraganti dos jóvenes mientras realizaban pintadas antisemitas. Uno estudiaba derecho en la UBA. Hoy los dos están haciendo un curso educativo en el INADI”.
El otro gran territorio fértil es la web, donde la impunidad de un nickname asegura libre discriminación. “Es algo muy difícil de rastrear”, dice Kott y remata: “el gran desafío sigue siendo cultural y educativo”.